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Tallas mínimas de pesca en España

Tabla actualizada de tallas mínimas de captura en España, con las cifras del Real Decreto 560/1995 en su texto consolidado y las diferencias por comunidad autónoma.

Esta es la tabla de tallas mínimas de captura que fija la normativa estatal española, tomada del Real Decreto 560/1995 en su texto consolidado, con la última modificación introducida por el Real Decreto 936/2025, de 21 de octubre, en vigor desde el 2 de noviembre de 2025.

Cómo se mide un pez

La talla se mide como longitud total: desde la punta del hocico, con la boca cerrada, hasta el extremo de la aleta caudal con los lóbulos juntos y extendidos. En los crustáceos con talla de cefalotórax, como el bogavante o la cigala, se mide desde el fondo de la órbita ocular hasta el borde posterior del caparazón. En el pulpo y el atún rojo la medida es de peso, no de longitud.

Una regla práctica: si dudas, devuélvelo. Un pez por debajo de talla devuelto con las manos mojadas y sin sacarlo del agua tiene muchas posibilidades de sobrevivir; una sanción por tenencia de ejemplares inmaduros, ninguna.

Peces de mar

Especie Nombre científico Atlántico Mediterráneo
Lubina Dicentrarchus labrax 36 cm (44 cm en divisiones CIEM 8a y 8b) 23 cm
Dorada Sparus aurata 19 cm 20 cm
Sargo y demás Diplodus Diplodus spp. — 15 cm
Pargo Pagrus pagrus 15 cm 18 cm
Besugo o voraz Pagellus bogaraveo 25 cm 12 cm (como Pagellus spp.)
Breca y aligote Pagellus spp. — 12 cm
Boga Boops boops 11 cm 11 cm
Salema Sarpa salpa 15 cm 15 cm
Chopa Spondyliosoma cantharus 23 cm —
Salmonete Mullus spp. 15 cm 11 cm
Mero Epinephelus spp. — 45 cm
Cherna Polyprion americanus — 45 cm
Merluza Merluccius merluccius 27 cm 20 cm
Bacalao Gadus morhua 35 cm —
Abadejo Pollachius pollachius 30 cm —
Bacaladilla Micromesistius poutassou — 15 cm
Capellán Trisopterus minutus capelanus — 11 cm
Caballa y estornino Scomber spp. 20 cm 18 cm
Jurel o chicharro Trachurus spp. 15 cm 12 cm
Sardina Sardina pilchardus 11 cm 11 cm
Boquerón o anchoa Engraulis encrasicolus 12 cm (10 cm en división IX a) 9 cm
Atún rojo Thunnus thynnus 115 cm o 30 kg según la norma ICCAT y comunitaria vigente, que prevalece sobre el RD 560/1995
Lenguado Solea solea 24 cm 20 cm
Rodaballo Scophthalmus maximus 30 cm —
Gallo Lepidorhombus spp. 20 cm 15 cm
Rape Lophius spp. Talla por determinar 30 cm
Lisa y mújoles Mugil spp. 20 cm 16 cm
Congrio Conger conger 58 cm —
Aguja Belone belone 25 cm 25 cm
Japuta o palometa negra Brama brama 16 cm 16 cm
Anguila Anguilla anguilla Talla por determinar —
Faneca Trisopterus luscus Talla por determinar —

Cefalópodos, crustáceos y moluscos

Especie Nombre científico Atlántico Mediterráneo
Pulpo Octopus vulgaris 1 kg 1 kg
Calamar Loligo vulgaris Talla por determinar —
Sepia o jibia Sepia spp. Talla por determinar —
Langosta Palinuridae — 24 cm
Bogavante Homarus gammarus — 8,5 cm de cefalotórax
Cigala Nephrops norvegicus 2 cm cefalotórax / 7 cm total 2 cm cefalotórax / 7 cm total
Centolla Maja spp. 12 cm —
Buey de mar Cancer pagurus Talla por determinar —
Langostino Penaeus kerathurus — 10 cm
Almeja Venerupis spp. — 2,5 cm
Chirla Venus spp. — 2,5 cm
Vieira Pecten spp. 10 cm 10 cm

Especies sin talla estatal

Hay especies muy pescadas que no figuran en el Real Decreto 560/1995 y cuya regulación depende por completo de cada comunidad autónoma: el dentón, la corvina, la herrera, la oblada, la anjova, el cabracho, la serviola, las rayas, el cazón, la nécora, el percebe, el berberecho, el mejillón, la ostra, la navaja y el erizo de mar, entre otras.

Que no tengan talla estatal no significa que no estén reguladas: los moluscos bivalvos y el marisqueo son competencia autonómica y suelen tener normas propias bastante estrictas, incluidas licencias específicas.

Cuando la comunidad autónoma es más restrictiva

Las comunidades autónomas regulan las aguas interiores y el marisqueo, y con frecuencia fijan tallas superiores a las estatales. Dos ejemplos verificados:

  • Illes Balears aplica 25 cm a la lubina frente a los 23 cm estatales, y añade tallas para especies sin talla estatal: dentón 35 cm, cabracho 30 cm, seriola 35 cm y musola 95 cm. Además, la talla del pulpo de 1 kg no se aplica en sus aguas interiores, que tienen régimen propio.
  • Canarias tiene su propio anexo con tallas distintas de las peninsulares: sargo 22 cm, pargo o bocinegro 28 cm, salema 24 cm, mojarra 22 cm, breca 22 cm, morena negra 56 cm y murión 57 cm.

También publican tablas propias Andalucía y Cataluña, entre otras. La regla es sencilla: manda siempre la norma más restrictiva que te sea aplicable.

Una advertencia sobre las tallas comerciales

Circulan por internet tablas que mezclan tallas biológicas de captura con tallas comerciales de calibrado, que se expresan en gramos por unidad o en unidades por kilo y sirven para clasificar el producto en lonja, no para autorizar su captura. No son lo mismo y no se pueden usar como referencia legal.

Fuentes

Tabla revisada el 11 de septiembre de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.